Paul Mathiasen
El menos cuatro iniciativas legislativas diferentes estudian los legisladores en el Congreso Nacional para regular o incluir el teletrabajo como una modalidad laboral.
Los cuatros proyectos que se estudian actualmente están dos en la Cámara de Diputados y dos en el Senado de la República, pero se mantienen estancados en sus respectivos órganos legislativos, a pesar de la “necesidad” que estipulan los legisladores proponentes de regular esta figura laboral.
Y es que las iniciativas fueron depositadas en tiempos de pandemia, para crear una figura legal que beneficie tanto a empleadores como empleados, que han tenido que implementar esta modalidad para mantener las labores y respetar las medidas sanitarias. Sin embargo, a los proyectos no se le ha dado un trato especial o urgente, limitándose hasta el momento solo al estudio de comisiones en cada cámara legislativa.
Específicamente, la primera iniciativa fue presentada en junio del pasado año 2020 y la última en marzo de 2021.
Pero además de la pandemia del Covid-19 como argumento, en los considerandos de todos los proyectos se hace mención de los avances tecnológicos que permiten implementar el teletrabajo, pero también la falta de una normativa que especifique todo lo relacionado con esta modalidad, así como los beneficios, derechos y obligaciones de cada parte.
Los dos proyectos presentan en sus primeros artículos una lista de términos y sus definiciones para dejar establecido que significa cada uno. Los diputados colocaron palabras como “teletrabajo”, “desconexión digital”, “trabajo presencial”, “trabajo a distancia”, “teletrabajador” y “Tecnologías de la Información y Comunicación”.
Ambos proyectos tienen características similares, estableciendo específicamente que en todo momento debe haber consenso entre ambas partes. Y, en ese sentido, como se debe confeccionar un contrato laboral de teletrabajo, sus modalidades, el contenido que debe tener, así como el consentimiento de empleado y empleador para las jornadas laborales, desconexión digital, derecho a intimidad y dignidad, así como el sueldo y pago de horas extra o de vacaciones.
Igualmente, indican que las herramientas necesarias para realizar un trabajo determinado deberán ser suministradas por el empleador y que este no podrá obligar al trabajador a disponer de elementos propios.
En ese orden, dispone también una “compensación” de gastos de servicios generales derivados del teletrabajo, como el pago del internet o la energía eléctrica.
Con respecto a posibles accidentes laborales o percances de salud, ordena al ministerio de Trabajo y a la Administradoras de Riesgos Laborales, realizar un reglamento sobre cómo proceder ante estos.
Estos dos proyectos están siendo actualmente estudiados por la comisión permanente de Trabajo.
En el caso del proyecto presentado por Lorenzo, se trata de una iniciativa compuesta por solo nueve artículos y se limita a plantear algunas regulaciones de manera puntual, sin entrar mucho en detalle.
Toca brevemente los derechos y obligaciones de los trabajadores, los deberes del empleador, sólo una definición y un artículo para la regulación contractual.
En su modificación a la Ley 16-92, plantea de manera más extendida como se regularía el teletrabajo y todo lo que esto conlleva, y, en términos generales, comparte gran parte de las propuestas realizadas por los diputados, previamente mencionadas. Estas dos iniciativas también se encuentran en estudio dentro de la Comisión Permanente de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones. Más allá de que son iniciativas diferentes, las cuatro poseen características similares, ningún legislador ha propuesto una comisión bicameral.
Fuente: Listín Diario
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